ALFONSO CHARDY
The Miami Herald
Una reciente decisión de las autoridades federales de inmigración facilitará mucho que personas nacidas fuera de Cuba puedan obtener la residencia permanente en Estados Unidos si al menos uno de sus padres nació en Cuba.
Bajo esta decisión, el Servicio de Inmigración y Ciudadanía ya no exigirá que quienes hayan nacido fuera de Cuba tengan que presentar documentos que digan específicamente que son ciudadanos cubanos. Los documentos consulares que digan que son hijos de, por lo menos, un padre cubano, serán suficientes para probar la ciudadanía cubana.
Es probable que la decisión del 31 de julio beneficie a miles de extranjeros de padres cubanos, particularmente a venezolanos cuyos padres huyeron de Cuba poco después de la toma del poder por Fidel Castro en 1959.
La comunidad de expatriados cubanos en Venezuela, que cuenta entre 25,000 y 50,000 personas, es la mayor del mundo con excepción de la de Miami.
Un número creciente de venezolanos se está exiliando mientras el presidente Hugo Chávez dirige al país rumbo al socialismo.
La nueva decisión se basó en un caso de Miami en el que la solicitud de un venezolano de padres cubanos fue rechazada por las autoridades de inmigración en mayo del 2006 sobre la base de que no podía demostrar de manera concluyente que era ciudadano cubano.
Armando Vázquez, nacido en Venezuela, está jubiloso con la decisión.
''He estado esperando por esto desde hace mucho tiempo'', dijo Vázquez, de 42 años, que trabaja en la construcción. El y su esposa llegaron con su hija de 8 meses en 1999, un año después de la primera elección de Chávez. Sus padres habían huido de Cuba en 1961 y se habían reasentado en Venezuela. Ahora se han ido de Venezuela y están viviendo en el sur de la Florida, dijo Vázquez.
Larry Rifkin, el abogado de inmigración de Vázquez en Miami, apeló la negativa del gobierno en el caso de su cliente a la oficina de apelaciones administrativas de inmigración, y ganó.
''Esta decisión beneficiará a miles de personas, fundamentalmente a venezolanos de origen cubano, que lo necesitan desesperadamente'', indicó Rifkin.
Añadió que el esfuerzo por revertir la posición previa de inmigración era ''innecesaria'' puesto que la Ley de Ajuste Cubano ya contenía un lenguaje que permitía a los cubanos nacidos en el exterior calificar para la residencia permanente en EEUU.
El caso de Vázquez revoca una decisión de junio del 2006 que restringía las residencias permanentes a los extranjeros que pudieran presentar documentos cubanos que dijeran específicamente que eran ciudadanos cubanos.
El caso de junio del 2006 giraba alrededor de una solicitud de residencia permanente presentada por Liliana Lozano Buschini, una venezolana cuya madre había nacido en Cuba. La solicitud de Buschini, sin embargo, fue denegada porque no tenía pasaporte cubano, ni certificado de nacimiento u otro certificado emitido por el gobierno. Sólo tenía cartas certificadas de un funcionario consular cubano.
El abogado de Bushchini, Stephen Bander, apeló el fallo a la oficina de apelaciones administrativas del servicio de inmigración y ganó, alegando que un documento consular diciendo que la persona era ciudadana cubana era suficiente prueba de ciudadanía.
Rifkin, el abogado de Vázquez, también apeló el caso de su cliente y ganó la decisión del 31 de julio, que elimina el requerimiento de Buschini.
Ahora todo lo que los solicitantes tienen que mostrar es un certificado de nacimiento cubano, un pasaporte o cualquier documento consular diciendo que son hijos de, al menos, un padre cubano.
En el caso de Vázquez, éste tenía un certificado de nacimiento cubano emitido por el consulado de Cuba en Venezuela, pero no decía que era ciudadano de la isla.
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