Diario de México
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió una recomendación dirigida a la comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Cecilia Romero Castillo, por violaciones a la libertad de tránsito, a la legalidad y a la seguridad jurídica cometidas por personal de este organismo de Gobernación, contra dos cubanos.
La Recomendación 35/2007 se refiere al caso de dos ciudadanos cubanos quienes, tras casi cuatro meses de permanecer asegurados en la estación migratoria de Tapachula, Chiapas, fueron repatriados a su país, a pesar de que solicitaron oportunamente refugio al gobierno mexicano ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).
La Ley Federal de Procedimiento Administrativo señala en su artículo 17 que no podrá exceder de tres meses el tiempo para que la dependencia u organismo descentralizado dicte resolución en un asunto que se tramite conforme a esa legislación.
La CNDH recibió la queja el 17 de mayo de 2006 presentada telefónicamente por el señor Orosman Marcelino Cabrera Barnés, de nacionalidad cubana, que fue ratificada por escrito el 19 de mayo del mismo año.
En la queja señaló que él y su connacional, el señor Yordy Gamez Olivier, estaban asegurados en la mencionada estación migratoria a disposición del INM desde el 17 de febrero de 2006, fecha en que ingresaron a México por Cozumel, Quintana Roo.
Detalló que solicitaron refugio al gobierno de México el 21 de abril y 8 de mayo de 2006, respectivamente, ante personal de la COMAR , y que en ese momento temían ser repatriados a Cuba, lo que finalmente sucedió, y pensaban que su solicitud no se tramitaba adecuadamente.
Con ello, personal del INM incumplió lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que señala que se deberán realizar los actos necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos en virtud de los cuales deba pronunciarse resolución, y se realizarán de oficio por el órgano que tramite el procedimiento.
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